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DECLARACIÓN ANUAL DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES

La Declaración Anual de envases y residuos de envases es un documento que deben cumplimentar y presentar antes del 31 de marzo de cada año todos y cada uno los agentes económicos implicados en la cadena de puesta en el mercado, consumo y gestión como residuo, de los envases y residuos de envases.

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¿A qué agentes económicos nos referimos?

  • Envasadores en el Estado Español, compradores o importadores de la Unión Europea o de terceros países.
  • Comerciantes o distribuidores, que venden o exportan a la Unión Europea a terceros países. Sistemas Integrados de Gestión.
  • Poseedores finales de residuos de envases, cuando sean responsables de su gestión.
  • Entes locales, respecto de la recogida selectiva.
  • Gestores de residuos de envases: recuperadores, recicladores y valorizadores.

Sucesores de Leonardo García ha asistido a la jornada formativa impartida por Ecoembes y organizada por la Cámara de Comercio de Valencia, precisamente para dar a conocer a las empresas la importancia de cumplir anualmente con este requisito legal.

 

 

También se habló en esta jornada del Plan empresarial de prevención y reducción de envases y residuos de envases, el cual debe ser periódicamente emitido por las empresas envasadoras cada tres años, antes del 31 de marzo. En este documento se establecen los objetivos de prevención, reducción y minimización de envases y embalajes que tiene previsto cumplir para este periodo de tres años, respecto de todos los envases que ponga en el mercado.

En este caso, este requisito aplica solamente si, a lo largo de un año natural, se ponen en el mercado productos envasados y, en su caso, de envases industriales o comerciales, superando las siguientes cantidades:

  • 250 toneladas, si se trata exclusivamente de vidrio.
  • 50 toneladas, si se trata exclusivamente de acero.
  • 30 toneladas, si se trata exclusivamente de aluminio.
  • 21 toneladas, si se trata exclusivamente de plástico.
  • 16 toneladas, si se trata exclusivamente de madera.
  • 14 toneladas, si se trata exclusivamente de cartón o materiales compuestos.
  • 350 toneladas, si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades.

 

Si necesitas más información o si quieres que te ayudemos con estos trámites, Sucesores de Leonardo García dispone de un departamento especializado en asesoría ambiental, donde podemos ayudarte con estas gestiones o con cualquier otra gestión medioambiental que le aplique a tu empresa por su actividad. Entra ahora en www.leonardo-gr.com o contacta con nosotros llamando al 96 120 13 12 o por e-mail comercial@leonardo-gr.com

Elisa Peréz-Salas

Responsable Dpto. Asesoria



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